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605Solo persona física

605 - Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios

Catálogo: Régimen Fiscal del SAT

¿Qué es el 605?

El régimen 605 corresponde a las personas físicas que obtienen ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como ingresos asimilados a salarios como honorarios a miembros de consejos directivos, comisiones, primas, compensaciones y gratificaciones. En este régimen, el patrón o empleador es responsable de calcular, retener y enterar el ISR al SAT mediante la nómina. El trabajador no presenta declaraciones mensuales ya que su impuesto se retiene en la fuente. Sin embargo, puede estar obligado a presentar Declaración Anual si obtiene ingresos por más de 400,000 pesos al año, si tiene ingresos de dos o más empleadores simultáneamente, o si percibe ingresos de otros regímenes además de los sueldos. Los CFDI de nómina son un requisito legal que el empleador debe emitir puntualmente por cada período de pago.

Cuándo usar el código 605

  • Trabajadores asalariados con contrato de trabajo
  • Miembros de consejos de administración que reciben honorarios asimilados
  • Funcionarios y empleados públicos
  • Personas que reciben comisiones asimiladas a salarios

Errores comunes

  • No solicitar el CFDI de nómina al empleador por cada período de pago
  • No presentar Declaración Anual cuando se tienen dos empleadores simultáneos
  • Confundir ingresos asimilados con honorarios bajo régimen 612
  • No informar al empleador sobre otros ingresos para que calcule correctamente la retención

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Conceptos del glosario fiscal

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