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610Persona física y moral

610 - Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México

Catálogo: Régimen Fiscal del SAT

¿Qué es el 610?

El régimen 610 aplica a personas morales o físicas que residen en el extranjero y obtienen ingresos de fuente de riqueza ubicada en México, sin tener un establecimiento permanente en el país. Los ingresos gravables bajo este régimen incluyen dividendos, intereses, regalías, arrendamiento de bienes en México, enajenación de acciones de empresas mexicanas y prestación de servicios. El pagador de dichos ingresos en México actúa como retenedor del ISR a tasas que varían según el tratado de doble tributación aplicable entre México y el país de residencia del extranjero. México tiene una extensa red de tratados que puede reducir significativamente las tasas de retención. Este régimen es relevante para empresas mexicanas que contratan proveedores extranjeros, ya que deben retener y enterar el impuesto correspondiente.

Cuándo usar el código 610

  • Empresas extranjeras que prestan servicios a clientes mexicanos sin establecimiento permanente
  • Inversores extranjeros que reciben dividendos de empresas mexicanas
  • Propietarios extranjeros de inmuebles en México
  • Licenciantes extranjeros de tecnología o patentes a empresas mexicanas

Errores comunes

  • No aplicar el tratado fiscal correspondiente para reducir la retención
  • No emitir CFDI de retenciones e información de pagos al extranjero
  • Confundir con establecimiento permanente, lo que cambia las obligaciones completamente

Códigos relacionados

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